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miércoles, 23 de abril de 2014

Registro: Buscando la formalidad

                
Tienes el nombre de tu empresa, ¿ya puedes comenzar? Ese nombre puede haber sido utilizado, u otra persona está pensando en registrarlo –o puede que este ya haya sido registrado. Entonces, el paso más importante es reservar el nombre.

En Perú, la reservación del nombre se realiza en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp). Entonces, luego de reservarla, tienes que realizar un acta constitutiva o una minuta de constitución.

La minuta se debe elevar a escritura pública e inscribirse en el Registro Público, y este trámite puede ser realizado personalmente, por un notario o por un representante. En el caso del acta constitutiva, la notaría es quien se encarga de ello, en un plazo de tres días.

En Lima, existe una empresa, un banco de desarrollo, Cofide, que realiza este proceso con un costo de S/.380 si el capital es menor a 10 mil soles (si es mayor, se le adicionan 24 soles). Los requisitos (además de la minuta) son: el DNI de los socios y recibo de luz.

¿Y cómo la constituyo, con una minuta o un acto constitutivo? Mañana, mayores luces sobre el tema.

lunes, 14 de abril de 2014

Diferencia entre acciones y participaciones

¿Todavía no sabes si optar por una SA o una EIRL? ¿Sigue leyendo! 

La SA, SRL y la  SAC se dividen en acciones.

¿Qué implica dividir mi empresa en acciones? 

Implica que el dueño de las mismas es responsable y beneficiario de manera proporcional a la cantidad de acciones que posea, su renta es variable, y tiene derechos económicos y políticos.

-Derecho a votar en las Juntas generales de accionistas, y cada acción vale un voto, por lo que el rumbo que toma la empresa recae en los accionistas mayoritarios
-Derecho de información
-Derecho a impugnar los acuerdos sociales
-Derecho a percibir dividendos 

-Derecho a participar en el patrimonio resultante de la liquidación de la empresa

¿Qué las diferencia de las participaciones?

Bueno, estas solo las emiten las EIRL y no son libremente transmisibles como las acciones, sino que necesita de una autorización del resto de propietarios para venderlas.



sábado, 12 de abril de 2014

Formalización de una empresa: ¿persona natural o jurídica?

¡Buenos días! Esta semana entrante será dedicado a las personas que aún no cuentan con una empresa pero que quieren iniciar con una, o a las que tiene una en funcionamiento, pero quieren formalizarla.
Para iniciar una empresa formal debemos tomar una serie de decisiones entre la variedad de opciones que se nos presentan, así que para eso, te explicaremos con detalle cada paso del camino que debes recorrer.

¿Me inscribo como persona natural o jurídica?

¿Dudas? Es natural. A continuación, los pros y contras de cada uno de ellos.

Persona natural:

¿Qué significa? Significa que eres 100% responsable de tu empresa. Esto abarca ganancias y pérdidas. Es decir, si tienes alguna deuda, las pagarás de tu bolsillo. Necesitas un Registro Único de Contribuyentes (RUC) como control de impuestos, y los trámites se realizan en la municipalidad. Como es de una sola persona, y también se utiliza para profesionales independientes, el descuento por impuestos es menor (según tus ingresos).

Persona jurídica:

Aquí, puesto que más de una persona es parte de la empresa, la responsabilidad es compartida y las pérdidas solo pueden ser pagadas con el patrimonio de la empresa, es decir, no se ve comprometido el patrimonio personal de sus miembros. Puesto que es oficialmente una organización (persona jurídica) cuenta con más y mejores oportunidades de financiamiento, pues es más confiable. Los trámites se realizan en los Registros Públicos, la Sunat y la Municipalidad de su distrito.
¿Prefieres inscribir a tu empresa como persona jurídica y no sabes con qué tipo registrarla (EIRL, SRL, SAC)? ¡Mañana te lo contamos!